Febrero 12 de 2017

Respuestas de las preguntas frecuentes

Estos son los datos claves que ofrece la Secretaria Distrital de Hacienda  para el pago del Impuesto Predial para el 2017.

 

 

  • ¿Puedo pagar el impuesto predial por cuotas?
    ​Sí. A partir de 2017 es posible pagar el impuesto predial en 4 cuotas.
     
  • ¿Tengo descuento del 10 % si pago por cuotas?
    No. La idea es elegir un solo beneficio. Descuento por pronto pago a una cuota o la posibilidad de diferir el pago sin costos adicionales.
     
  • ¿Qué debo hacer si quiero pagar el impuesto predial por cuotas?
    Debe ingresar al sitio web www.haciendabogota.gov.co antes del 31 de marzo y declarar que se acoge al pago por cuotas.
     
  • ¿Qué pasa si se me olvida declarar antes del 31 de marzo?
    Debe pagar en una sola cuota antes del 7 de abril para obtener el descuento de 10 % o antes del 16 de junio sin descuento. 
     
  • ¿Voy a seguir recibiendo la factura en mi casa?
    Sí. Las facturas serán enviadas a las residencias.
     
  • ¿Si no llega la factura qué puedo hacer?
    Ingresar al sitio web www.haciendabogota.gov.co y descargarla en la sección impuestos-predial con los datos de su inmueble. También puede acercarse a los Cades y SuperCADE para solicitarla.
     
  •  ¿En cuántas cuotas, máximo, se puede pagar el impuesto predial?
    En 4 cuotas iguales bimestrales a partir del 12 de mayo.
     
  • ¿Si difiero a cuotas y quiero pagar la totalidad antes lo puedo hacer?
    Sí. Podrá pagar antes la totalidad del impuesto, independiente de las fechas definidas para el pago a cuotas.
     
  • ¿Puedo pagar el impuesto predial de años anteriores en cuotas?
    No. Este beneficio aplica para pago de impuesto predial del año 2017 en adelante.
     
  • ¿Puedo pagar el impuesto predial por cuotas a través del sitio web?
    Sí. Se está habilitando el servicio de pago por botón PSE y pago por Zona Segura en www.haciendabogota.gov.co.
     
  • ¿Tengo la posibilidad de pagar el impuesto predial en un punto Baloto, en los supermercados o en las tiendas de barrio donde me reciben otros servicios?
    Aún no es posible. Estamos adelantando las gestiones necesarias para habilitar este servicio más adelante.
     
  • ¿Si pago por cuotas qué recibo debo llevar al banco o al punto de pago?
    En el sitio web www.haciendabogota.gov.co podrá consultar y descargar los recibos. También puede solicitarlos en Cades y SuperCADE.
     
  •  ¿Un propietario de varios predios puede pagar el impuesto predial de cada uno de ellos por cuotas?
    Sí, siempre y cuando se trate de predios de uso residencial o de uso mixto residencial (es decir que tengan un local comercial de 30 metros cuadrados  o menos, y que no estén ubicados en corredor comercial).
     
  • ¿A partir de qué fecha se puede hacer el pago del impuesto predial por cuotas?
    El 12 de mayo vence el primer plazo para el pago de la primera cuota, y el 17 de noviembre para la última.
     
  • ¿Si hago un solo pago del impuesto predial obtengo descuento?
    Si paga antes del 7 de abril de 2017, sí.
     
  • ¿De cuánto es el descuento del impuesto predial?
    Del 10 % antes del 7 de abril.
     
  • ¿Es necesario ir a un punto de atención para pagar por cuotas el impuesto predial?
    No es necesario desplazarse, ni hacer filas. Puede pagarlo por internet (a través del botón PSE) ingresando a www.haciendabogota.gov.co. O si lo prefiere, hágalo en los bancos autorizados o en Cades y SuperCADEs. Es importante anotar que el contribuyente también dispondrá de kioscos de auto-atención en algunos puntos de la ciudad, para imprimir los formularios.
     
  • ¿Si mi predio es estrato 3 en cuánto se incrementará el impuesto predial?
    A partir de este año no se tendrán en cuenta los estratos para liquidar el impuesto predial y el incremento del impuesto para predios residenciales es máximo de 20% sobre lo pagado el año inmediatamente anterior.
     
  • ¿Qué pasa si difiero a cuotas el pago del impuesto predial pero no pago alguna de ellas en la fecha prevista?
    Debe pagar los intereses moratorios sobre el valor de la cuota no pagada, a partir de la fecha de vencimiento de la misma.
     
  • ¿Si no estoy en Bogotá y quiero pagar el impuesto predial por cuotas qué debo hacer?
    Desde cualquier lugar del país o del exterior puede acceder al sitio web www.haciendabogota.gov.co antes del 31 de marzo y declarar el pago por cuotas. En este mismo sitio puede hacer los pagos antes de la fecha de cada vencimiento.
     
  • ¿Pagar por cuotas el impuesto predial tiene algún sobrecosto?
    No. Es un beneficio para los ciudadanos.
     
  • ¿En cuáles bancos puedo pagar el impuesto predial?
    En 12 entidades financieras que podrá consultar en la página web de la entidad.
     
  • ¿Cómo se calcula el valor del impuesto predial que debo pagar?
    Tomando el avalúo catastral y multiplicándolo por la tarifa aplicable según la tabla (ver página Secretaría de Hacienda).
     
  • ¿Si quiero pagar el impuesto predial por cuotas lo puedo hacer con tarjeta de crédito?
    Directamente no, por ahora. Pero la Secretaría de Hacienda trabaja en ese sentido para ofrecer pronto a los contribuyentes el mayor número de alternativas posible para facilitar el pago de sus impuestos.
     
  • ¿Si se paga por cuotas el impuesto predial y el inmueble cambia de propietario qué se debe hacer?
    Para hacer cambios jurídicos de propiedad de los inmuebles es obligatorio estar al día.
     
  • ¿La Secretaria de Hacienda envía un talonario a los predios para pagar por cuotas?
    No. Los recibos de pago de cada una de las cuotas se descargan de www.haciendabogota.gov.co, o en los kioscos que dispondremos para ello.
     
  • ¿Es necesario tener una cuenta bancaria para pagar el impuesto predial por cuotas?
    No necesariamente. Pero si quiere pagar por internet debe tenerla.
     
  •  ¿En dónde puedo consultar cuántas cuotas he pagado del impuesto predial?
    En el sitio web www.haciendabogota.gov.co
     
  •  ¿Hasta cuánto puede aumentar el valor del impuesto predial de un inmueble?
    Máximo 20% para predios residenciales y 25% para los no residenciales.
     
  •  ¿Si el valor del impuesto que debo pagar supera el tope del 20% qué debo hacer?
    Solicitar una cita para revisión de liquidación a la Dirección de Impuestos de Bogotá, antes de las fechas de vencimiento. Puede hacerlo por la línea 195, el chat tributario o el correo contáctenos.
     
  • ¿Cuál es la tarifa para las casas con local en primer piso y residencial segundo piso?
    Depende del avalúo catastral y de las características del local comercial.
     
  • ¿Si el impuesto predial ya no se calcula según el estrato cómo se hace ahora?
    Se calcula de acuerdo con el avalúo catastral y la tarifa aplicable.
     
  • ¿Se puede pagar por cuotas el impuesto predial de inmueble nuevo?
    Sí es posible pagar a cuotas, siempre y cuando el inmueble nuevo tenga el avalúo fijado al primero de enero. En caso contrario no es posible y debe hacer una declaración privada.
     
  • ¿Debo estar a paz y salvo en el impuesto predial de años anteriores para pagarlo por cuotas?
    No es un requisito legal el estar a paz y salvo en los años anteriores para pagar el impuesto a cuotas.
     
  • ¿Qué puede hacer un ciudadano si considera mal avaluado su predio?
    Solicitar una cita con Catastro Distrital para revisar personalmente el tema.
     
  • ¿El impuesto del garaje y el depósito también lo puedo pagar por cuotas?
    No. El beneficio solo aplica para predios residenciales.
     
  • El pago por cuotas aplica también para el impuesto del carro?
    No. El beneficio solo aplica para predios residenciales.

FUENTE: S. (2017, 01). Todo lo que debe saber sobre el impuesto predial 2017. Secretaria distrital de hacienda. Obtenido 02, 2017, de http://www.shd.gov.co/shd/preguntas-frecuentes-impuesto-predial2017

 

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